
1851-1869 “Puebla: Colección de leyes, decretos y reglamentos “
13 junio, 2026
1752-53. RIBADENEYRA Y BARRIENTOS, Antonio Joaquín. “El Passatiempo”
18 junio, 20261866. “Código Civil del Imperio Mexicano”
$21,000.00
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México: Imprenta de Andrade y Escalante, 1866.
8º. 78 p., [244] h. Encuadernación en plena piel de época; fierro dorado enmarcando ambas tapas; en lomo tejuelos, uno de ellos con iniciales D.G. (Díaz González), fierros dorados y una pequeña etiqueta en parte superior. Sello seco de propiedad en p. 3 y 23 (Prisciliano Ma Díaz González): antiguo sello de biblioteca en p. 3, 31, 67 y 78 y en anotaciones.
Al final, un antiguo cuaderno rayado con 244 hojas numeradas con sello, cuyas primeras 98 hojas, se han utilizado para escribir de forma manuscrita: “Anotaciones al Código Civil del Imperio Mexicano, hechas por el Licenciado Prisciliano María Díaz González, Toluca, Agosto de 1866”. Firma manuscrita de Don Prisciliano en Dedicatoria y en Prólogo. Adicionalmente, las hojas del cuaderno muestran un pequeño sello seco con águila y leyenda “República Mexicana”
El emperador Maximiliano ordenó su publicación sucesiva por rescripto el 21 de diciembre de 1865. Promulgación: Los dos primeros libros fueron insertados y publicados en el Diario del Imperio los días 6 y 20 de julio de 1866. Contaba con 502 artículos en su primera etapa, divididos entre el título preliminar y el primer libro (presente edición).
Título Preliminar: Normaba sobre la ley, sus efectos y las reglas generales para su aplicación.
Libro Primero: De las personas, regulaba los derechos de mexicanos y extranjeros, el domicilio y las actas del estado civil (nacimiento, matrimonio y defunción).
Libro Segundo: De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones. Se promulgó de manera complementaria justo antes del fin del imperio, pero circuló de forma separada o en folletos adicionales
Don Prisciliano María Díaz González. Nació en Calimaya, Edo de México, en la primera mitad del siglo XIX que, en la época de la Reforma Liberal, fue un gran jurista, especializado en la Ley de Amparo. Redactó las Garantías Individuales en la Constitución de 1857. Fue diputado, senador en no menos de cinco o seis ocasiones, no sólo por el Estado de México, sino también por Morelos y Jalisco; llegó incluso a ser candidato a gobernador de la entidad. Fue asimismo un gran líder en el entonces incipiente movimiento obrero mexicano. Durante el Imperio fue prefecto municipal de Toluca.
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